El cambio social sólo es posible con el cambio de las leyes

Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife, tiene la humilde aspiración a través de este blog de crear un espacio sugestivo donde el fomento y la dignificación de la emprendeduría y del trabajo autónomo tengan un papel relevante. Al igual que la mejora de la Justicia y de todos los factores que se traducen en competitividad. No olvides dejar tus comentarios.

miércoles, 23 de mayo de 2012

La utilidad de los funcionarios públicos


Vivimos tiempos convulsos. Unos colectivos señalan a otros bien como culpables de esta crisis bien a título de chivos expiatorios.

Los políticos apuntan a los funcionarios como colectivo particularmente favorecido, predicando que deben ser ellos quienes hagan un mayor esfuerzo para salir de esta crisis. “Los que más deben apretarse el cinturón,”, hablando en cristiano.

Lo hacen por primera vez en la historia, ya que siempre les ha preocupado más su significación como votantes, dado su elevado número. No en vano tenemos el ratio más alto de Europa, con un funcionario o trabajador al servicio de la Administración por cada cuatro ciudadanos, según se dice.

Pero esta vez recurrir a su “demonización,” era obligado, persiguiendo con ello la propia subsistencia y autojustificación del político.

El número de parados es ingente, y sin duda aplaudirán toda decisión populista que agreda al funcionariado. A quienes que no sólo tienen la suerte de tener un trabajo, sino de tenerlo asegurado de por vida.

Es obligado decir que el ataque se antojaba sencillo, debido a que los funcionarios no se integran mayoritariamente en los sindicatos más populares, como UGT o CC.OO. Tienen sus propias organizaciones y/o andan despreocupados por la especial protección que les otorga su status particular.

En esta línea y como era de esperar, los sindicatos mayoritarios no se han mostrado especialmente convulsos ante la merma de derechos de los funcionarios. Sus dirigentes posiblemente piensen al igual que el poder político, temiendo ser penalizados por su verdadera militancia de base, azotada por el desempleo y más preocupada por la reforma laboral recientemente operada. Tienen su propia guerra en definitiva.

En consecuencia a los empleados de lo público no les ha quedado por tanto otro remedio que defenderse por sí mismos. Y la única manera posible era tratándose de reconciliar con la ciudadanía, proponiéndole al efecto aquello que más une, un enemigo común: la clase política.

Ciertamente son tiempos en los que ocupan enfrentamientos inauditos. Funcionarios versus políticos tratando de justificar el trabajo propio con el demérito del otro. Cuándo antes se había visto perderse el respeto mutuo mostrado a lo largo del tiempo.

Como abogado en tenerife, ayer acudía al juzgado a celebrar un juicio, y me encontré justo en la puerta de la Sala de Vistas dos carteles que rezaban: “Estoy indignado, porque siendo funcionario de justicia (en Canarias los peores pagados de España), me quieren robar por trabajar”, y, “¿Cuánto cobran los políticos. Cuánto cobra el Consejero de Justicia y el Ministro de Justicia?”.

Inicialmente sin entrar a valorar la reivindicación, no me agradaron por cuanto esa puerta la cruzan mayoritariamente trabajadores que han perdido su empleo en el sector privado, a quienes se les adeuda incluso su trabajo, frecuentemente.

Le tiré una foto a los carteles y las colgué en el facebook con la reflexión expuesta en el párrafo anterior.

Celebrada la vista entré a los juzgados propiamente dichos a realizar otras gestiones. Ví que todos los funcionarios tenían los mismos carteles expuestos en la parte posterior de sus pantallas de ordenador o sobre su propia mesa.

Me preguntaba qué sucedería si los trabajadores de una empresa privada hicieran lo mismo, expresándole a los clientes su malestar por las últimas medidas acordadas por la Dirección… Evidentemente manifestación tan explícita de la libertad de expresión sólo puede permitírsela el funcionariado, lo que refrenda su ventajosa posición. Al menos eso fue lo que pensé en ese momento.

No obstante seguí pensando en ello a lo largo del día, y me di cuenta que yo mismo estaba cayendo en la trampa sugerida por el poder político.

Estamos tratando un tema “tabú,”, qué duda cabe. Y entre las muchas opiniones existentes, hay quien piensa que el error ha sido prostituir la condición de funcionario, cuando habría que reservarla a los puestos directivos.

He de decir que hace un tiempo compartía dicha postura. Si bien con los años y el trato diario con funcionarios me ha hecho cambiar en mis convicciones. Ellos son necesarios al menos por las siguientes razones:

1º.- Si todo el personal al servicio de la Administración fuera contratado, se cambiaría de manera ingente conforme cambiase el partido político en el poder. Es lo que sucede en Latinoamérica. Y eso fomenta la corrupción a todos los niveles. Hasta el último administrativo estará pensando en cómo promover alguna corruptela para procurarse un “colchón,”, cuando vaya a la calle (que irá). Mala práctica que puede consistir sencillamente en dar prioridad a un papel respecto del otro a cambio de unas monedas.

2º.- En segundo lugar, el funcionariado representa lo que en Economía se llama “factor amortiguador,”. En tiempo de crisis siguen consumiendo, aguantando con ello la demanda interna. Y en fase de expansión no se benefician de incrementos salariales acordes con la evolución de los beneficios empresariales del sector privado, quedando ligado su sueldo al simple incremento inflacionista.

Al menos por esta segunda razón, que no es ideológica sino real, inmersos en la crisis actual no es recomendable incidir sobre este grupo económico. Consejo que han desoído tanto el anterior como el actual gobierno.

Ahora bien, que los funcionarios sean necesarios no quiere decir que no podamos desarrollar políticas de recursos humanos que eliminen su impunidad ante un mal desempeño. O el diseño de políticas retributivas de acuerdo a parámetros de productividad. Estos sí son los parámetros sobre los que podemos y debemos incidir incluso en este momento. Es menos desmotivador que la rebaja continua de salarios y derechos.

lunes, 16 de abril de 2012

La utilidad de las cuentas en divisas




Comienza a ser un número significativo de clientes que buscan en google "abogado tenerife" y gustándoles mi perfil jurídico económico, me solicitan opinión respecto a la posibilidad de abrir una cuenta en divisas con la intención de protegerse de una eventual salida del euro. Consultas que se intensifican con cada vaivén de la prima de riesgo, al son de apocalípticos titulares de periódico.

Personalmente no creo que esa sea la solución, y no porque descarte absolutamente la posibilidad de una vuelta a la peseta. Más bien soy escéptico al entender que cualquier medida de este calibre iría acompañada de la orden de transformar a pesetas todas las cuentas corrientes de residentes, siendo irrelevante la moneda en que se encuentren denominadas.

Todos los bancos ofrecen este tipo de cuentas perfectamente legales para “aparcar” tesorería no necesaria a corto plazo. No son por tanto ningún secreto, y a fecha de hoy tendrán ya un saldo global más que significativo.

Adicionalmente tienen un coste muy elevado, puesto que las entidades financieras aplican jugosas comisiones, tanto por el cambio de moneda en sí como por la administración, aprovechándose del furor de la clientela.

Y es que si se quiere especular con divisas hay alternativas más baratas, aunque con un riesgo mayor por apalancamiento, resultando mucho más interesante comprar acciones de compañías extranjeras que coticen fuera, en uno o varios mercados. Evidentemente jugar a la bolsa tiene sus riesgos, pero actualmente existen opciones bastante interesantes. Solamente hay que buscar los valores adecuados y que se adecuen a nuestra mayor o menor aversión al riesgo.

En cualquier caso las cuentas en divisas no son negativas, si de lo que se trata es de cubrirnos frente a una nueva puesta en circulación de la peseta. Lo peor que puede suceder como decimos, es que incluso esos saldos en moneda extranjera sean transformados por decreto, riesgo que no difiere al de no hacer nada.

Ahora bien, si nos decantamos por su suscripción, aceptando los costes que implica, debemos acertar tanto con la moneda que escojamos como con el momento de cambiarla.

El tipo de cambio de las monedas es fluctuante. Tiene una tendencia a largo plazo, otra a medio y otra a corto. Puede darse el caso que aún cuando acertemos con la tendencia principal (apreciación respecto al euro), en escenarios temporales inferiores la cotización esté verificando un movimiento que no nos sea favorable. Y esto es más que probable si tomamos la decisión en momentos en los que las dudas son acuciantes, ya que a buen seguro esa inestabilidad ya haya pasado factura al euro.

Con la prima de riesgo en 440 puntos, y en previsión de nuevas demandas de opinión por parte de la clientela, aproveché la mañana de hoy en revisar las tendencias de la moneda común respecto a otras divisas.

A buen seguro mis someros análisis serán superados por analistas especializados en la materia, ya que mi oficio es el de reclamar deudas e impugnar contratos. Mi conocimiento de mercados financieros se limita a mi formación adicional como economista y a una simple afición. Si bien surgen menos opiniones discrepantes cuando no ocupan estudios detallados, extrayéndose tan sólo las grandes evidencias.

Y resulta innegable que el euro desde mediados del 2008 se ha depreciado con respecto a la práctica totalidad de divisas asiáticas entre un 25 y un 28%. Así sucede con el yuan chino, bath tailandés, el dólar de Singapur, el won surcoreano o la rupia indonesia. Y frente a otras economías lo ha hecho de manera notoria: libra esterlina (-15%), dólar estadounidense (-19%), dólar canadiense y las coronas noruega y sueca (-25%), franco suizo (-28%), dólar neozelandés y yen japonés (-37%), dólar australiano (-40%).

¿A quién beneficia la depreciación de la moneda? A los países industrializados y exportadores. Concretamente a Alemania, quien ve como sus productos se vuelven más competitivos.

¿Qué factores hacen que una moneda se devalúe respecto a otras? De manera muy elemental podemos decir que influyen tipos de interés más bajos, la inflación o el déficit.

Las economías que denotan mayor fortaleza ven como su moneda se aprecia respecto a las más débiles, proceso acentuado por el aumento de su demanda interna, que necesita de mayor liquidez tanto en la moneda propia como en foráneas para consumir.

Sin embargo la Unión Europa se ha resistido a bajar los tipos durante esta crisis en previsión de peligros inflacionarios, los cuales no se han verificado. No ha optado por aumentar la oferta de dinero en circulación, condenado al tiempo los déficits públicos(...) Entonces, ¿qué hace devaluarse al euro? ¿Cómo se ha conseguido devaluar la moneda sin coste alguno?

La incertidumbre sobre las economías periféricas, Grecia, Irlanda, Portugal o España es la causa subyacente de la debilidad de la moneda única. Y la prensa económica no se diferencia mucho de la prensa “rosa,": cuando las vergüenzas de unos ya no venden, se destapan las de otros, que pasan a ser portada.

¿Interesa entonces a Alemania que las dudas sobre dichas economías nacionales perduren en el tiempo o puede ser incluso que las favorezca? ¿Seremos nosotros los artífices del "milagro alemán,"...? <<Piensa mal y acertarás>>.
 

miércoles, 21 de marzo de 2012

Huelga general del 29 de marzo: la última oportunidad




Como abogado laboralista, desde que entró en vigor la reforma laboral debo reconocer que ando perdido a la hora de redactar una demanda. 

Pedimos lo máximo para el trabajador eso sí, pero sin certeza sobre lo que nos será dado. Y es que las mismas dudas las tienen los jueces.

El problema se agudiza con despidos que tuvieron lugar antes de la entrada en vigor el 12.02.2012. Al reconocer la improcedencia algunos juzgadores conceden 45 días de indemnización por todo el periodo hasta sentencia. Otros en las mismas condiciones 33 días por año, y otros 45 días hasta la entrada en vigor y 33 días a partir de entonces.

No es la única duda. Habiendo sido eliminados los salarios de tramitación si el empresario opta por la indemnización, hay quien los concede y quien no.

Al margen que la nueva normativa supone un atentado en toda regla contra los derechos de los trabajadores, esta situación tampoco beneficia al empresario si entendemos que todo cambio lo que pretende es que éste gane confianza a la hora de contratar.

Pero lo peor de esta indefinición aunque resulte paradójico, es que algún día verá su fin. Precisamente cuando todos los despidos sean posteriores a la referida fecha. Será entonces cuando los trabajadores sufran la peor indefensión.

Son loables las manifestaciones de la Asociación de Jueces por la Democracia, afirmando que ya buscarán ellos otras formas de compensarlos. Sin embargo dicha actitud esquiva tiene un camino muy corto. Ya se encargarán los gobernantes de infundir miedo vía expediente disciplinario y/o traslados de orden jurisdiccional.

En eso sí que son expertos los nuevos populares. En dar “palos,” e infundir miedos.

En el ejercicio, acudo a los juzgados de lo social indistintamente representando a trabajadores y empresas, según el encargo. Sorprendentemente cuando comento la reforma laboral con empresarios clientes y amigos, ellos mismos la reconocen como una absoluta desproporción.

No podía ser de otra manera, ya que los trabajadores son los compradores de los bienes y servicios que las empresas fabrican. Y si se les reduce el sueldo y al tiempo se minora la seguridad en el puesto de trabajo, lo único que se consigue es que no consuman. Es ese y no otro el círculo vicioso en el que ahora nos encontramos.

Ayer me recordaba una persona muy querida y cuyo criterio tengo en estima, cómo Rubalcaba en el debate electoral pronosticaba una y otra vez la futura actuación del señor Rajoy en la línea de eliminar el peso de los sindicatos y la seguridad de los convenios colectivos, mientras que nuestro actual presidente lo negaba implícitamente, muy “a la gallega,”, como no podía ser de otra manera.

Al efecto de refrescar mi memoria he vuelto a ver el fragmento del debate dedicado a desempleo (obra en la página de RTVE). La era de las nuevas tecnologías es lo que tiene, deja mil y un testimonios si queremos ahondar en nuestra propia indignación.

Éste ha sido un golpe fatal para los sindicatos. Más debilitados que nunca se ven obligados a llamar a una huelga general que será su propia tumba. Se trata de una reforma cuyos efectos la sociedad sólo los percibirá con el tiempo, ya que si ahora mismo fuera consciente la protesta sería inaudita.

Sólo cuando nos enteremos que a nuestro vecino lo han mandado al paro por estar nueve días de baja, que al mancebo de la botica le han reducido el sueldo o que en la empresa donde trabaja el cuñado han hecho un ERE fugaz y sin autorización administrativa, percibiremos que a nosotros también nos puede pasar. Y para entonces la huelga general del día 29 quedará muy lejos.

Lástima que el candidato que presentó el PSOE adolecía del peor descrédito cuando merecía ser calificado de visionario. Decía Rubalcaba: <<Si usted lo que está haciendo, llevando la flexibilidad al máximo, es desprotegiendo a los trabajadores. ¿Usted ve a cuatro trabajadores enfrentándose a un empresario que les quiere imponer un acuerdo? Están completamente listos, señor Rajoy>>.

No tenemos cinco millones de desempleados. Tenemos cinco millones de marginados. Cinco millones de parias. A nadie preocupa que vuelvan a encontrar trabajo. Es más nuestros gobernantes saben que es imposible recuperarlos mínimamente. Mientras no cambien las cosas y será difícil que ocurra, malvivirán al margen de la sociedad, a base de “chapuzas,” y “cáncamos,” en el mejor de los casos.

A ello coadyuva enormemente la actitud de los bancos, quienes los han desprovisto de lo poco que tenían. Y lo que es peor, les han desprovisto de la ilusión por volver a empezar al verse acuciados de deudas.

Las entidades financieras, los políticos, las grandes empresas… todos ellos “hacen cuentas nuevas,” pensando en un nuevo mercado que simplemente ha visto reducido su tamaño en cinco millones de personas, lo que obligará entonces a esforzarse por captar a los nuevos miembros que se vayan incorporando.

Conclusión: Cinco millones de personas en España han dejado de existir.

Personalmente no comulgo con muchos dogmas sindicalistas, pero por la razón antedicha y por otras muchas (cada uno tiene una), el día 29 hay que salir a la calle. Puede que sea la última oportunidad.

¿Para cuando una ley de segunda oportunidad que permita a los particulares renacer sin deudas?

viernes, 27 de enero de 2012

El concurso de acreedores de persona física



Que el concurso de acreedores no es la solución al problema de insolvencia del ciudadano común, es algo que tengo claro desde que empezamos esta crisis. Es preciso orquestar una ley de segunda oportunidad que salga al paso.

Mi parecer se lo he hecho saber a todo aquél que ha acudido a mi despacho con tal pretensión. Considero que los abogados no tenemos como activo otra cosa que el nombre, por lo que flaco favor se hace quien aconseja mal, tanto a sabiendas como por simple desconocimiento.

Muchos compañeros se adentraron en la práctica concursal al calor de la recesión económica. Algunos se han esforzado por dominar la materia, otros no. Y aunque parezca redundante lo cierto es que como en todo, hay que saber.

Personalmente me defino como abogado laboral y mercantil, sin desdeño de una considerable práctica penal y civil. Como decía el doctor Marañón (parafraseando a Letamendi): “el médico que sólo sabe medicina ni de medicina sabe,”. Comparto dicha apreciación, entendiendo que es extrapolable al abogado, quien debe aspirar a cierta generalidad. Ello aún cuando soy consciente que en nuestra profesión según parece hay que tender a la especialización para ser figura de renombre y aspirar a figurar en directorios como Chambers o Legal 500.

Yo me siento muy cómodo con lo que hago. Excepto en contencioso-administrativo, área de práctica que sinceramente me escalofría. Por cierto, últimamente tengo que llevar algunos que se me han presentado con carácter irrenunciable por la especial relación con quién me lo ha demandado (no sé si algún fiscal contrariado me ha echado algún tipo de maldición gitana…).

Pero en las áreas que domino gusto de ejercer, amo mi profesión y a veces hasta me siento orgulloso de mi desempeño. Y gran parte de culpa la tiene el ser honrado con el público, con la gente.

Los juzgados de lo mercantil como regla general no aceptan el concurso de acreedores de personas físicas. Y no lo digo yo, lo adveran las estadísticas del INE. En todo el 2011 en Tenerife sólo se declaró el concurso de 2 personas físicas sin actividad empresarial.

Un caso lo conozco, y doy fe que son circunstancias particulares y patrimonio que nada tienen que ver con el “status quo,” del ciudadano común. El otro caso, me puedo imaginar que será por el estilo.

Y es que es importante conocer las peculiaridades del ámbito de trabajo. Ahorra dinero a los clientes. Sobre todo cuando más necesitan de los escasos recursos que le quedan.

No obstante, recientemente me ha ocupado el caso de un particular, una pareja, a quienes les reconocieron el beneficio de la justicia gratuita para pedir el concurso de acreedores. Y ésta ha sido una oportunidad estimable para pulsar (de nuevo), la opinión de nuestra Audiencia Provincial.

Nada más acudir esta pareja a mi despacho, les trasladé que a cuanto aspiraban era del todo imposible, pero que íbamos a intentarlo, ya que el riesgo era cero, dada su consideración de reconocido litigante sin recursos.

Desgraciadamente, no me equivocaba. El Juzgado de lo Mercantil rechazó la admisión a trámite del procedimiento. Recurrir era obligado. Más aú cuando a nivel personal tenía la inquietud por solicitar el parecer de la Audiencia de Tenerife, teniendo en cuenta, todo sea dicho, que hay otras provincias cuyos juzgados de lo mercantil son más receptivos con esta posibilidad que teóricamente se abre no sólo a las empresas, también a las personas físicas.

Parece ser que he sido el único abogado en hacerlo, según me comentaba un ilustre compañero del ramo que había buscado pronunciamientos sin éxito de nuestra segunda instancia, pretendiendo publicar un artículo en una revista jurídica especializada.

Hoy he recibido el fallo. Viene a confirmar la inadmisión del juzgado de lo mercantil, aunque entiende que efectivamente las diferentes audiencias se han ido pronunciando en sentidos diversos; estando por tanto suficientemente fundamentado mi recurso.

Hace alusión esta sentencia a otra de la propia Sala de fecha 24-11-2011, que recaía sobre otro recurso también de mi autoría. Y aunque en este segundo cambié los motivos de impugnación pretendiendo resultar de otro modo sugestivo al Tribunal, éste órgano parece tenerlo muy claro.

Dejo su pronunciamiento como anexo al post, ya que creo que cuando menos tiene dos consideraciones que son convenientes conocer:

1º) El concurso de acreedores es una previsión legal destinada a proteger y beneficiar a los acreedores. No al deudor, como erróneamente se piensa.

2º) Las viviendas hipotecadas y los coches financiados, SON DEL BANCO. Si aprendemos al menos esta lección de la crisis, algo habremos mejorado, ciertamente.

No voy a valorar el fallo. Menos aún cuando parcialmente lo comparto y enteramente lo comprendo en su finalidad: la solución a los problemas económicos de los particulares no puede ser pretendida en sede judicial. Debe provenir del poder político, principiando por aprobar la dación en pago de una puñetera vez.

Cosa bien distinta es que me hablen del concurso de acreedores de empresas. En ese caso sí que es una medida muy provechosa. Con ese tipo de clientes sí son muchos los procedimientos que ocupan, y la lectura es positiva. Aún cuando la asignatura pendiente de todo este entramado sigue siendo que la legalidad vigente sirva a la continuidad de la empresa.

Es obligado decir que España es un gran país para arruinarse como empresario, siempre y cuando se hagan las cosas bien y se cumpla con las obligaciones legales. En ese caso se podrá contar con una nueva oportunidad para volver a empezar si así se desea. Consideración que hay que poner al otro lado de la balanza, confrontándola con la pésima consideración social que en nuestro país se otorga al empresario.

A veces injustificadamente, por cuanto los derechos de los trabajadores cada vez están más asegurados (FOGASA).

ANEXO: Sentencia A.P. Tenerife, 24 enero 2012 (Inadmisión de concurso de acreedores de persona física).

sábado, 21 de enero de 2012

Sobre la implantación del arbitraje en España



Aparcaba esta semana pasada mi desempeño más cotidiano como abogado laboral y mercantil para cumplir al menos mínimamente, con una inquietud personal.

Considerando que los abogados tenemos una obligación moral y ética de denuncia pública de cuanto nos parezca que no funciona como debiera, acudía a Madrid a plantear a su Audiencia Provincial las serias deficiencias que creo evidencia la implementación del arbitraje en España, como medio de solución extrajudicial de controversias.

El colectivo de abogados mostramos serias resistencias a emprender un procedimiento de este tipo. Sólo lo hacemos cuando una claúsula recogida en contrato nos obliga. Por el contrario nuestra contraparte, usualmente las grandes empresas (bancos, aseguradoras, compañías de telefonía entre otras), se esfuerzan denodadamente para que éste y no otro, sea el medio para solucionar las diferencias habidas con ellas.

Lo incorporan de manera sistemática en sus contratos de adhesión, estipulación que al cliente le resulta imposible excluir. Y una vez nacida la controversia si el abogado del perjudicado acciona en sede judicial, de manera inmediata plantean una “declinatoria,” a favor del arbitraje, pretendiendo que el juez se abstenga de conocer del asunto. Excepciones procesales que lamentablemente suelen prosperar, aunque depende del criterio de las diferentes audiencias provinciales.

No critico la regulación del arbitraje en sí, ni la más que legítima aspiración política de encontrar un sistema más ágil de impartir justicia material. Lo que cuestiono es su implementación.

Casi todas las cámaras de comercio tienen algún desarrollo al uso. Si bien la de Madrid por motivos lógicos acapara la totalidad de la práctica, a efectos reales. Ello es debido a que las grandes empresas suelen tener en la capital de España su centro neurálgico, y es donde gustan de tramitar las cuestiones. Lógimante para perjudicados de provincias lejanas, éste suele ser de inicio un factor disuasorio “ab initio,”.

El arbitraje es un negocio para la cámara de comercio. De él extrae ingresos, más que necesarios cuando cada vez que más se les priva del derecho “per se,” a cobrar contribución a las empresas por la mera actividad.

Y aunque todo negocio es legítimo mientras no se demuestre lo contrario, genéricamente me resulta difícilmente imaginable conjugar una justicia imparcial y de pago.

Las grandes empresas actúan como sus prescriptoras. En definitiva son sus clientes por cuanto les aportan negocio. Interviene en el proceso de “compra,” del servicio al imponerlo. Y resulta obvio decir que todo cliente para repetir en sus hábitos debe quedar satisfecho en sus experiencias anteriores, lo que de por sí ya preocupa.

Iniciado el proceso, la cámara se sirve de una lista de árbitros, normalmente profesionales del derecho con un pomposo currículum. De ella se propone a las partes una terna, a fin que manifiesten sus preferencias para elegir al que conocerá del asunto.

Un particular o empresa se verá inmerso en un arbitraje una vez en su vida. Sin embargo para su contraparte (empresa prescriptora), será significativo el volumen ocupando una vez tras o otra la misma controversia. Es lógico pensar por tanto que mientras al primero le dará igual el nombramiento de uno u otro, el segundo mostrará sus reticencias y no apostará positivamente por el árbitro cuyo conocido parecer no le sea favorable. ¿Queremos decir esto que se corre el riesgo que un árbitro pueda fallar a favor de las prescriptora para volver a ser nombrado? No es a nosotros a quien corresponde dicho análisis, pero sí venimos a decir humildemente que no es lo mismo que un juez imparcial.

Esto debemos de ponerlo en relación con el “habeas data” que se ha imprimado al arbitraje. Ello significa que los procedimientos y laudos que se dicten son secretos, no pudiendo hacerse publicidad alguna sobre los mismos.

Es evidente que el punto de partida no es el mismo para las partes, ya que la empresa neófita carece de una experiencia personal con los árbitros que sí atesora la prescriptora, consecuencia de sus propias experiencias anteriores.

Lo fácil es criticar este tipo de situaciones en pasillos y mentideros, aunque no es menos cierto que todos los juristas conocemos de laudos que inicialmente no encuentran siquiera amparo en el beneficio de la libre valoración de la prueba que es innato al árbitro.

Personalmente he optado por poner por escrito mis temores, dudas e inquietudes (estas y muchas más), en una prolija demanda que he sometido a consideración de la Audiencia Provincial de Madrid.

Que les resulte sugestiva y sugerente es otro tema, pero yo al menos he cumplido con una obligación ética y moral que creo implícita en la profesión. Más aún cuando nuestro sistema judicial se basa en el principio de justicia rogada, que viene a decir que los litigios se sustancian según las peticiones de las partes; y que los jueces no pueden entrar a conocer sobre lo que no se ha pedido.

Si más compañeros, abogados laboralistas, civilistas, penalistas, administrativistas, …, cumpliéramos con nuestra obligación de denuncia de las cosas que no funcionan, nuestra sociedad mejoraría sin lugar a dudas.

Es cierto que este tipo de actuaciones son riesgosas ya que excitan y avivan pasiones, al suponer una abstracción de lo cotidiano. En cierto modo comprendo a aquéllos magistrados llamados “estrella”, que en un momento dado necesitan satisfacer adicionalmente otras inquietudes.

martes, 17 de enero de 2012

Las nueve puertas

Cuando las puertas de un centro penitenciario se cierran tras de uno, todo se ha acabado. Lo pensaba ayer, una vez más, al visitar Tenerife II.

Entiendo que soy más conocido en la profesión por mi desempeño como abogado laboral, si bien siempre he gustado de practicar en el área penal, considerando que en otro caso me privaría a mi mismo del ejercicio más genuino.

Seguro que no soy el primero en decirlo, pero no es un tópico ni mucho menos: en este ámbito defendemos el tesoro más intrínseco del ser humano: su libertad. Encontrando de otra parte, a los clientes más agradecidos. Y no me refiero al agradecimiento económico, sino al sentimiento más puro de gratitud.

Cuando un abogado visita a un recluso, éste siempre lo recibe agradecido. Sabe que le lleva noticias. No sabe si son buenas o malas (normalmente a peor no puede ir), pero de por sí resultan ser un acontecimiento nuevo e inquietante.

Leí en el blog de un ex recluso el siguiente párrafo que llamó mi atención: <<El aislamiento erosiona la vida. Hace mella incluso en las piedras. Las personas aisladas, desgastan su pensamiento y para no enloquecer se instalan en el pasado. Con el transcurso del tiempo llegamos a asemejarnos al agua estancada de una ciénaga, la cual de no recibir agua nueva, termina por corromperse y morir>>.

La visita de un abogado es como el lanzamiento de una piedra en ese estanque, la cual viene a alterar la quietud que le es propia.

Ayer, como todas las veces que voy a entrevistarme con un recluso en Tenerife II, atravesé nueve puertas. Las mismas nueve puertas de siempre. Puertas, controles o arcos, que más da, lo cierto es que para abrir una se tiene que cerrar la anterior. Para avanzar necesitas la colaboración de alguien. Tocando el timbre de apertura eléctrica frecuentemente. En definitiva autorizando. Para retroceder también.

Es entonces cuando te das cuenta lo que supone estar privado de la libertad de movimiento. Depender de la decisión de otros. Llega a ser agobiante, todo sea dicho. Y eso que nosotros sólo vamos de visita. Llegamos, charlamos y nos vamos. Nuestro interlocutor se quedará allí. Día tras día. Esperando que le llevemos otra buena nueva cuando lo tengamos a bien.

Son nueve puertas las que yo cruzo para llegar a la sala de entrevistas. El recluso quien sabe cuantas desde su celda hasta el mismo lugar. La suma de las suyas y de las mías, son las que le separan de la libertad. Las que en conjunto la hacen del todo imposible.

Cuando nos meten en la cárcel, no solo se nos esta apartando de nuestros familiares, amigos y seres queridos, sino que también se nos priva del procesado natural de crecimiento y maduración.

Leía también en el blog antedicho algo me de dejó sin palabras: <<AHÍ ABAJO, A ESTE LADO DEL MURO, hay unos hombres que se autolesionan cortando las venas de sus brazos, apuñalándose con bolígrafos u alambres, padeciendo huelgas de hambre y sed, golpeando sus cabezas contra paredes... Y el Sistema, los poderes establecidos, los jueces y Tribunales dicen que lo hacen desde su propia libertad. Que eligen hacerse daño, pero no pueden enfrentarse a la realidad axiomática de que no somos hedonistas por naturaleza, ¡que no buscamos el dolor! Sino el placer>>.

Todos sabemos que la muerte se produce cuando dejamos de experimentar sensaciones. Será la cárcel ser algo muy próximo entonces.

Deberemos ser en consecuencia sumamente prudentes a la hora de señalar con el dedo a quien, a nuestro juicio, debería “ir para adentro,” aunque no se haya probado su culpabilidad.

La presunción de inocencia es un derecho humano fundamental y una garantía procesal básica, reconocida por los tratados internacionales y las legislaciones del mundo entero. Se trata de un principio jurídico penal que establece la inocencia de las personas no como excepción sino como regla, de tal manera que sólo a través de un juicio en el que se demuestre su culpabilidad podrá el Estado aplicarles la pena que les corresponda.

Aunque su aplicación es de ámbito general, si el caso tiene repercusión social, es frecuente que la sociedad realice un juicio paralelo. Y si tiene lugar una resolución en contra del parecer del populacho, quienes se consideran afectados no tardan en declarar su condición a los cuatros vientos, importándoles un bledo la profesionalidad de cuantos actores intervienen en el proceso, y en particular de jueces y magistrados.

Rápidamente aparecerán en Facebook y otras redes sociales los que inviten a compartir cualquier patochada clamando justicia. La justicia que ellos entienden. Y no tienen ni pajolera ni idea.

Antes de cometer esas estupideces, preguntémonos cómo sobreviviríamos nosotros mismos en prisión sabiendo que somos inocentes. Cómo aguantaríamos el día a día. Cada cierre de celda. Cada paseo en el patio. ¿Serían suficientes el gimnasio y la piscina para mantener nuestra mente entretenida? ¿Seríamos capaces de disfrutar de nuestro primer vis a vis en la suite carcelaria?

Para no tener que enfrentarnos a estas cuestiones y muchas más, es por lo que hemos apostado por la presunción de inocencia como principio inspirador del Sistema. Y ciertamente, ante la duda, más vale un culpable en la calle que un inocente dentro. Créanme que sí.

martes, 29 de noviembre de 2011

El nuevo contrato de aprendizaje tampoco ayuda


El día 19-N, uno antes de las elecciones, entraba en vigor el nuevo contrato de aprendizaje (RD 1543/2011), por el que es posible incorporar a las empresas jóvenes entre 18 y 25 años, incluso con título universitario, al efecto que adquieran su primera experiencia profesional.

Su remuneración, 426€. Sin indemnización, paro, jornada máxima o vacaciones. El empresario no tendrá tampoco que pagar retenciones. Tan sólo 34,51€ al mes de Seguridad Social.

Para evitar fraudes los candidatos los enviará el INEM de acuerdo con el requisito de titulación que el empresario exija.

Rubalcaba lo justificaba así: "Hay jóvenes en paro que no acabaron los estudios atraídos por el mercado inmobiliario y que no tienen formación básica, hay que darles esa formación para que puedan encontrar un buen empleo, son casi un millón de jóvenes. Hay que hacer una formación específica, hay que crear un contrato de trabajo y aprendizaje para que estudien por las tardes. Hay muchos jóvenes con título y sin oportunidad y ese es otro plan específico,".

Anteriormente ya había dicho que iba a solicitar imperativamente a las empresas del IBEX (las 35 mayores del país cotizadas en bolsa), que contrataran jóvenes desempleados. No es por tanto descabellado pensar que a dicho esfuerzo se le ponga con esta medida precio de saldo.

A mi memoria viene también el recuerdo del ERE de Telefónica, pagado con el esfuerzo de todos los españoles. Visualizo ahora a la operadora incorporando ahora a su plantilla trabajadores para sustituir a aquéllos a precio de risa.

No es cierto que los políticos gobiernen sin rumbo. Que lo hagan sin un destino marcado. Otra cosa es que transmitirlo tal cual al electorado pueda tener efectos devastadores, por lo que es preferible ir verificando actuaciones fragmentarias.

Sólo el tiempo permitirá valorar aquéllas a toro pasado, interrelacionar unas con otras para inductivamente apreciar al menos cierta congruencia en las conductas y políticas, lo cual nada tiene que ver con el acierto.

Los abogados laboralistas sabemos que nunca antes se habían colmado las expectativas del empresariado de tal manera. Pedían que se les ayudase rebajando las cuotas de la Seguridad Social (menos imposible), menores salarios para ganar en productividad (ustedes dirán), indemnizaciones por despido más bajas (no existe), menor protección sindical (ausente del todo)…

En teoría esta medida debería haber acabado con el paro de la noche a la mañana. Pero no ha sido así.

El empresario contrata en función de expectativas. Lo hará siempre y cuando tenga a la vista un negocio que le permita sufragar todos sus costes y obtener un beneficio para él. Actualmente las oportunidades parecen brillar por su ausencia, o somos todos más pesimistas.

El préstamo no corre. Aunque personalmente no creo que sea por falta de fondos, sino por la precariedad en las garantías. Históricamente las propiedades inmobiliarias han sido el aval por excelencia, y hoy por hoy los bancos no les dan valor alguno.

A la solución del paro nada puede aportar este humilde abogado laboralista. Atañe su solución a aquellos economistas que en su día lograron que la sociedad aceptase el dinero papel como un bien valioso, sin el respaldo del patrón oro. Ahora les toca reeditar el éxito con un montón de ladrillos amontonados, en definitiva arena compactada a la que llamamos, propiedad.

La mentira siempre es la misma. Y si no, pregúntense por qué el oro es considerado históricamente como el valor refugio. ¿Por qué no otros metales igualmente escasos?

El oro se anuncia por activa y por pasiva como ‘inversión modelo’ para aquellos inversores que disponen de capital y desean obtener ganancias en la actual situación. los establecimientos de ‘compro oro’, están al ‘rojo vivo’, con un incremento de establecimientos y de la facturación jamás conocidos.

¿Será que el ser humano tanto en cuanto como agente económico necesita alguna ‘burbuja’ para huir de la realidad del mercado?