El cambio social sólo es posible con el cambio de las leyes

Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife, tiene la humilde aspiración a través de este blog de crear un espacio sugestivo donde el fomento y la dignificación de la emprendeduría y del trabajo autónomo tengan un papel relevante. Al igual que la mejora de la Justicia y de todos los factores que se traducen en competitividad. No olvides dejar tus comentarios.

sábado, 22 de octubre de 2011

La defensa cómoda de la Administración en sede judicial


En todo procedimiento judicial en el cual la Administración es parte y se encuentra en una situación comprometida, sus defensores, normalmente fiscales o abogados del Estado suelen incluir en su estrategia de defensa un patrón invariable. Tratan de condicionar al juzgador con mayor o menor solapada elegancia, sugiriéndole que la Administración somos todos, que si se reconoce el fallo de sus instituciones equivale a asumir el fracaso del estado social, y que si encima cuesta dinero sale del bolsillo de todos.

Ello se adereza con la siembra de dudas a las cuales se les dota de aparente razonabilidad, y cuando menos así se cree obtener una defensa digna, cuando sería más oportuno hablar de "defensa cómoda".

Una vez escuché de una fiscal cuyo criterio tengo en estima, que cuando tiene lugar la invocación de un abogado defensor de la presunción de inocencia constitucional, supone constatar que pocas más armas se albergan.

Entiendo que en aquel caso por extrapolación sucede lo mismo, y que los tribunales se cansan de las defensas de nuestras instituciones basadas en la llamada al orgullo colectivo.

A la Administración se le presume el acierto en sus actuaciones, pero esto no tiene nada que ver con los pretendidos “tintes procesales” que hablamos.

Precisamente nuestra grandeza institucional es directamente proporcional a nuestra capacidad para tutelarla, para someterla a un examen constante, para asumir los errores y rectificarlos a futuro. Y en la vertiente económica cuando se resarcen los fallos al perjudicado atendiendo al criterio objetivo, sobre el que se erige el sistema de responsabilidad patrimonial moderno. Es entonces cuando nuestra concepción social realmente es comúnmente compartida.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Muchas gracias por tu aportación. En breve procederemos a la publicación de tu comentario.