El cambio social sólo es posible con el cambio de las leyes

Rafael Linares Membrilla, abogado en Tenerife, tiene la humilde aspiración a través de este blog de crear un espacio sugestivo donde el fomento y la dignificación de la emprendeduría y del trabajo autónomo tengan un papel relevante. Al igual que la mejora de la Justicia y de todos los factores que se traducen en competitividad. No olvides dejar tus comentarios.

martes, 29 de noviembre de 2011

El nuevo contrato de aprendizaje tampoco ayuda

El día 19-N, uno antes de las elecciones, entraba en vigor el nuevo contrato de aprendizaje (RD 1543/2011), por el que es posible incorporar a las empresas jóvenes entre 18 y 25 años, incluso con título universitario, al efecto que adquieran su primera experiencia profesional.

Su remuneración, 426€. Sin indemnización, paro, jornada máxima o vacaciones. El empresario no tendrá tampoco que pagar retenciones. Tan sólo 34,51€ al mes de Seguridad Social.

Para evitar fraudes los candidatos los enviará el INEM de acuerdo con el requisito de titulación que el empresario exija.

Rubalcaba lo justificaba así: "Hay jóvenes en paro que no acabaron los estudios atraídos por el mercado inmobiliario y que no tienen formación básica, hay que darles esa formación para que puedan encontrar un buen empleo, son casi un millón de jóvenes. Hay que hacer una formación específica, hay que crear un contrato de trabajo y aprendizaje para que estudien por las tardes. Hay muchos jóvenes con título y sin oportunidad y ese es otro plan específico,".

Anteriormente ya había dicho que iba a solicitar imperativamente a las empresas del IBEX (las 35 mayores del país cotizadas en bolsa), que contrataran jóvenes desempleados. No es por tanto descabellado pensar que a dicho esfuerzo se le ponga con esta medida precio de saldo.

A mi memoria viene también el recuerdo del ERE de Telefónica, pagado con el esfuerzo de todos los españoles. Visualizo ahora a la operadora incorporando ahora a su plantilla trabajadores para sustituir a aquéllos a precio de risa.

No es cierto que los políticos gobiernen sin rumbo. Que lo hagan sin un destino marcado. Otra cosa es que transmitirlo tal cual al electorado pueda tener efectos devastadores, por lo que es preferible ir verificando actuaciones fragmentarias.

Sólo el tiempo permitirá valorar aquéllas a toro pasado, interrelacionar unas con otras para inductivamente apreciar al menos cierta congruencia en las conductas y políticas, lo cual nada tiene que ver con el acierto.

Los abogados laboralistas sabemos que nunca antes se habían colmado las expectativas del empresariado de tal manera. Pedían que se les ayudase rebajando las cuotas de la Seguridad Social (menos imposible), menores salarios para ganar en productividad (ustedes dirán), indemnizaciones por despido más bajas (no existe), menor protección sindical (ausente del todo)…

En teoría esta medida debería haber acabado con el paro de la noche a la mañana. Pero no ha sido así.

El empresario contrata en función de expectativas. Lo hará siempre y cuando tenga a la vista un negocio que le permita sufragar todos sus costes y obtener un beneficio para él. Actualmente las oportunidades parecen brillar por su ausencia, o somos todos más pesimistas.

El préstamo no corre. Aunque personalmente no creo que sea por falta de fondos, sino por la precariedad en las garantías. Históricamente las propiedades inmobiliarias han sido el aval por excelencia, y hoy por hoy los bancos no les dan valor alguno.

A la solución del paro nada puede aportar humildes abogados laborales. Atañe su solución a aquellos economistas que en su día lograron que la sociedad aceptase el dinero papel como un bien valioso, sin el respaldo del patrón oro. Ahora les toca reeditar el éxito con un montón de ladrillos amontonados, en definitiva arena compactada a la que llamamos, propiedad.

La mentira siempre es la misma. Y si no, pregúntense por qué el oro es considerado históricamente como el valor refugio. ¿Por qué no otros metales igualmente escasos?

El oro se anuncia por activa y por pasiva como ‘inversión modelo’ para aquellos inversores que disponen de capital y desean obtener ganancias en la actual situación. los establecimientos de ‘compro oro’, están al ‘rojo vivo’, con un incremento de establecimientos y de la facturación jamás conocidos.

¿Será que el ser humano tanto en cuanto como agente económico necesita alguna ‘burbuja’ para huir de la realidad del mercado?

viernes, 11 de noviembre de 2011

Mobbing o acoso moral en la Gran Distribución


Mis inicios profesionales tuvieron lugar en multinacionales dedicadas a la gran distribución (hipermercados). “Cocinero antes que fraile,”, creo conocer bien las políticas laborales de este tipo de empresas.

Para ofrecer precios competitivos se ven obligados a trabajar con costes más que reducidos, lo que se traduce en la sobreexplotación de los recursos.

A nivel estratégico, cada establecimiento se configura como un centro de control de costes, siendo responsable de su propia cuenta de explotación. Una proporción de los gastos generales le son imputados directamente desde su central. El resto, es responsabilidad suya (de acuerdo con las políticas de empresa, claro está).

Y los resultados se pueden ir al traste ante cualquier imprevisto, y es entonces cuando las “broncas,” deben bajar jerárquicamente, llegando hasta el último “mindundi,”, el más humilde reponedor que bastante tiene con vender su trabajo (enteramente físico) a cambio de un salario de risa.

Quienes gestionan estos negocios lo tienen claro. El “milagro de los panes y los peces,” sólo es posible inyectando presión y más presión para obtener el sobreesfuerzo de todos.

Podría ser legítimo solicitar al resto de trabajadores un plus al efecto de cubrir por ejemplo bajas médicas de compañeros, ayudando con ello a la empresa a salvar sus resultados. Pero en todo caso lo sería siempre y cuando no se partiera ya de ínfimas plantillas, totalmente insuficientes para atender la carga de trabajo. No se engañen, hablamos entonces de explotación laboral.

Jefes, subjefes, de sección, de área, de departamento, …, gerentes o directores de centro, rifle al hombro supervisan el trabajo de los condenados a trabajos forzados. Están absolutamente alienados, y no dudarán en disparar al menor movimiento. No saben sin embargo que son absolutamente prescindibles, lo que podrán comprobar cuando se cuestionen la labor que realizan a favor del capital constituido.

De otra parte, los trabajadores de base no los perciben como sus iguales, sino como empresa, lo que aumenta su indefensión y exposición al capricho de la alta dirección.

Casualidades de la vida, o no, con posterioridad a mi prestación laboral para grandes firmas de distribución, como abogado laboralista, me han ocupado diversos procedimientos por mobbing contra firmas como Alcampo, Carrefour o Makro.

Es cierto que las situaciones de acoso que se dan en las tiendas son infligidas por mandos intermedios, que actúan de espaldas a la alta dirección. Si bien entiendo que ésta debe desautorizar dichos comportamientos de manera pública y tajante, so pena de ser considerados partícipes.

No en vano en diversas litis he llegado a citar a juicio (y el juez acordarlo), al en su día Director General de Alcampo (Patrick Coignard), o a la actual Directora de Recursos Humanos de Makro (Pilar Oncins).

A nadie hay que tenerle un respeto reverencial, menos aún cuando ellos son los garantes del buen clima organizacional. Es más, les brindaba la oportunidad de oro de deponer como testigos proclamando las bondades de sus políticas (lo que incluso pudiera perjudicar mis intereses). Concretamente Pilar Oncins hace gala de ser conferenciante departiendo sobre la “correcta identificación y retención del talento atendiendo a la cultura y valores de la Empresa,”.

Sin embargo nunca asistieron a la vista o prefirieron concederme con anterioridad una satisfacción extraprocesal (Makro, recientemente).

Aunque parezca todo lo contrario, estas organizaciones se sienten más cómodas pleiteando temas genéricos en la Audiencia, donde respecto a los interlocutores sociales sólo cabe decir que nadie sabe quién es quién. Esa situación es la que ellos controlan. Bajar “a pie de pista”, a “juzgados de provincia”, les cuesta más. Y es ahí donde están los verdaderos problemas, individuales por supuesto. Donde debe mostrarse la grandeza organizacional y subsanar errores, en su caso. No entiendo cual es el miedo.

De otra parte, como abogado laboralista me congratulo de ver que firmas como AKI, Leroy Merlin o IKEA figuran entre las 50 mejores empresas para trabajar en España (lista Best WorkPlaces). Ojalá cada vez más empresas se den cuenta que la satisfacción de sus empleados es directamente proporcional a su productividad.

Yo soy funcionaria, tú tan sólo un niño

En una entrada anterior, comentaba el asunto de una abuela que el infortunio le había obligado a quedarse con sus dos nietos a cargo. El padre los abandonó nada más nacer, y la madre, había fallecido.

El INSS le ha denegado la ayuda de los 428 euros, una vez se había quedado sin prestación por desempleo, e interpuesta demanda ante los juzgados de lo social, nos habían dado fecha de juicio para dentro de un año (noviembre de 2012).

Hecha esta introducción, debo decir que los despropósitos no cesan. Ayer acudimos al juzgado con el firme propósito de adelantar la fecha. Llevábamos incluso una propuesta, ya que el juicio correspondiente a otro cliente que debería tener lugar en febrero, no se iba a celebrar toda vez que nos habían dado una satisfacción extraprocesal. Sugeríamos por tanto utilizar ese señalamiento, el cual considerábamos impropiamente propio.

Nos entrevistamos con la funcionaria que llevaba este último procedimiento. Le explicamos las circunstancias y nos dijo que no había ningún inconveniente si la Secretaria lo autorizaba. Hablamos con esta última y nos dijo que sí.

Mientras realizábamos los trámites pertinentes al efecto, comprobamos que los autos que pretendíamos adelantar los llevaba otra funcionaria. La cual sorprendentemente se negó, aún cuando la sugerencia la formulábamos de acuerdo con su compañera y con el beneplácito de la señora Secretaria.

“Esto no es prioritario,”, dijo. “Prioridad tienen los despidos, al efecto de limitar los salarios de tramitación,”. Se levantó y fue a hablar con la Secretaria de nuevo, a quien debió poner en el brete de no desautorizarla.

Y así fue, volvió triunfante a nuestra presencia. La fecha de juicio de la abuela y sus dos nietos se mantiene a noviembre de 2012.

Como ya decía anteriormente, todo abogado laboral sabe que si todo va bien tendremos sentencia para principios de 2013. Y teniendo en cuenta que si es favorable nos encontraremos con la sistemática apelación de la representación del INSS; con un poco de suerte y sin exagerar u ápice, estos niños podrán volverán a comer en el 2014.

Nuevamente volvimos a hablar con la Secretaria, quien tomó nota en un post it, diciéndonos que haría lo posible por encontrar un hueco antes.

Pasaron los días y no teníamos noticia del juzgado, así que decidí dar una vuelta de tuerca más, solicitándolo por escrito, ya que las palabras se las lleva el viento. Pero nadie se ruborizó siquiera. Más al contrario, nos contestaron de igual forma en sentido negativo.

Es un caso que me ha remitido el turno de oficio. Que económicamente no me merece en modo alguno tanto empeño, pero que moralmente me obliga. Y ya mi indignación es tan grande que si tengo que quejarme a una instancia superior, lo haré, con la esperanza que ello no me perjudique en mi desempeño como abogado laboralista.

Todos tenemos la obligación de denuncia, de aportar nuestro granito de arena a la mejora de este sistema judicial tan criticado de ineficiente.

martes, 8 de noviembre de 2011

La denegación sistemática de las pensiones y ayudas no contributivas (II)


Pues fíjense, como los políticos no hablan del tema, continuo yo denunciando la negativa sistemática de la Seguridad Social a toda solicitud de pensión o ayuda, sin entrar siquiera a valorar el asunto en cuestión.

Aquéllos hacen campaña recordando que uno de cada cinco hogares se encuentra bajo el umbral de la pobreza. Hay que hacer algo, dicen. Pero realmente eluden el problema. Esos hogares carecen normalmente de cualquier tipo de ingreso, y toda ayuda de carácter no contributivo les es denegada aún reuniendo los requisitos al efecto.

Son muy pocos los que acuden a un abogado laboralista en busca de ayuda. Ni siquiera saben como hacerlo, desconocedores absolutos del beneficio de justicia gratuita, comúnmente llamado turno de oficio, que algunos ejercemos convencidos que se trata ante todo de una obligación moral.

La gran mayoría no tiene recursos si se trata de un tema médico para contratar una pericial que sirva de sustento en el acto del juicio. Y los forenses del juzgado no se rebelan ante las decisiones del INSS. Cuyos médicos, todo sea dicho, en “petit comité,”, piden disculpas excusándose con el alegato de recibir instrucciones más que restrictivas.

Recientemente acudía a mi despacho una señora con dos nietos a cargo. El padre los abandonó nada más nacer. La madre, falleció no llega al año. De manera que esta humilde mujer tiene que sacar fuerzas de flaqueza para volver a criar una nueva generación familiar.

Lo que a nosotros nos parece tan encomiable, parece no serlo tanto para el INSS, quien le ha denegado la ayuda de los 428 euros, una vez se ha quedado sin prestación por desempleo.

Un paro bien ganado por cierto, ya que la mujer no está para trabajar y es por ello por lo que no le han renovado el contrato. Con ejemplos como éste son por los que yo digo que en España, quien quiere trabajar, trabaja.

Pues bien, interpuesta la demanda hace ya un par de meses (septiembre 2011), se admite ahora a trámite señalando para juicio en noviembre de 2012.

Si todo va bien, seguimos vivos y al juzgado no se le olvida pedir el expediente (obligando a suspender como me ha pasado hoy mismo con un caso parecido), tendremos sentencia para principios de 2013. Y teniendo en cuenta que si es favorable nos encontraremos con la sistemática apelación de la representación del INSS; con un poco de suerte y sin exagerar u ápice, estos niños podrán volverán a comer en el 2014.

No sé si este tipo de entradas pueden molestar a alguien. Pero entiendo que como abogado laboral no puedo rehusar mi obligación de denuncia. Está claro que ningún partido político va a invertir un euro en Justicia. Si bien, con una somera lectura de las demandas mejoraría mucho la cosa, dándose prioridad a los casos más sangrantes.

"El problema está en fase administrativa,", me han dicho alguna vez. Pero lo cierto es que los unos o los otros convierten la profesión que adoro, a veces, sólo a veces, en una verdadera bazofia.

Estos niños sin rostro, son los verdaderos pagadores de esta crisis. Los llamo así porque parece que si evitamos ver su cara, su dolor, no tenemos por qué rasgarnos las vestiduras.

Y su existencia es mediata. Están aquí, en Güimar. No es la típica foto del niño hambriento en Somalia que nos ponen tendenciosamente en la tele a la hora de comer, ya que en otro momento sería un intento inane, todo sea dicho.

¿Y saben una cosa? No entrarán a Sala cuando el juicio tenga lugar, un año de estos, por ser menores. El juez así continuará sin verlos, sin conocerlos. No se sentirá condicionado por el sufrimiento infantil, de suerte que una sentencia tan independiente como infalible está garantizada.

El Copia y Pega de los programas políticos (II)


Hace unos días escribía en una entrada de éste, mi humilde blog, sobre la escasez de ideas nuevas en los programas políticos, y en particular respecto al “copia y pega,” de UPyD en materia laboral, al incluir en su programa cuanto la reforma laboral operada por el PSOE mediante RDL 10/2010, en su disposición final 2ª ya preveía. 

 

Concretamente el compromiso de aprobar un proyecto de Ley por que se regulase la constitución de un fondo de capitalización para los trabajadores mantenidos a lo largo de su vida laboral, por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar. Es lo que comúnmente vino a denominarse el modelo austriaco.

 

No sabía al redactar aquél, que el despropósito era generalizado. Ayer en el debate previo a las elecciones del 20-N, Rubalcaba insistentemente preguntó a Rajoy si recortaría la prestación de desempleo, por cuanto hablaba de “capitalizarla,”. El candidato popular respondió que no, que la expresión reflejaba lo que ellos venían proponiendo, el precitado modelo austriaco.

 

No es lo mismo. Una cosa es capitalizar la indemnización por despido, y otra la prestación por desempleo. Después de comprobar que el líder del PP confunde ambos conceptos, como abogado laboralista me pregunto cómo pudo votar (o abstenerse) sobre la reforma laboral, si no la comprendió en su totalidad. O cómo puede aspirar a ahora a enfrentar el mayor problema del país si desconoce sencillamente la medicina a recetar.

 

Unos tienen más claros que otros los conceptos, pero ya es hora que todos dejen de engañar a la ciudadanía. Si no hay dinero siquiera para las pensiones, ejemplo más plausible de capitalización, … ¿Qué más vamos a capitalizar, sea lo que sea?

 

Esta mañana esperaba que los diarios de mayor tirada repararan en dicho error. No sólo los abogados laborales pueden detectarlo, ya que es evidente que indemnización por despido y prestación por desempleo, son cosas distintas. Aspiración que ha quedado del todo insatisfecha, ya que los análisis han sido más superficiales incluso que el propio debate.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Votar no es ninguna obligación

Necesito que alguien me explique por qué hay que ir a votar el 20-N. No entiendo por qué es una obligación cuando a nadie le gusta ninguna de las opciones existentes.

El PSOE se encuentra absolutamente defenestrado. Incurso en una ortodoxa depuración ideológica que no hace sino ahuyentar a más y más gente. No en vano tilda de ambiguo el programa electoral del PP. Visto lo visto, razón no le falta.

Por otra parte, el próximo presidente del gobierno obtendrá la mayoría absoluta más significativa de la derecha en la historia de las elecciones, sólo por ser considerado tal escenario como el menos malo.

No lo entiendo, cuando:

-          El 78% de los españoles cree que nuestra situación política es mala o muy mala y el 90% piensa que la situación económica es mala o muy mala.

-          El 62% considera que el Gobierno lo ha hecho muy mal, y respecto de la oposición el 49 piensa igual, que muy mal, y el 33 no la pasa de regular.

-          El 62,5% de los españoles cree que si hubiera gobernado el PP en los años anteriores, la cosa habría sido igual o peor.


Pero es más, sea cual sea el resultado, será totalmente relativizado y utilizado a conveniencia. Basta fijarnos en algunos ejemplos del pasado:

- El referéndum sobre el Tratado que establece una Constitución para Europa se celebró en España el 20 de febrero de 2005, para consultar a los ciudadanos si España debía ratificar el dicha Constitución de la Unión Europea. El resultado fue una victoria del 'sí', con el 77% de los votos. La participación fue la más baja que se ha producido desde la llegada de la democracia en 1977, un 44%. Esto es, SÓLO LA TERCERA PARTE DE LA POBLACIÓN DIJO SÍ A EUROPA (UN 33,88%).


- El Referéndum sobre el Estatuto de autonomía de Cataluña se celebró en este territorio, con carácter vinculante, el 18 de junio de 2006, para decidir acerca de la entrada en vigor o no del nuevo Estatuto de autonomía de Cataluña aprobado por las Cortes Generales de España, en sesión del Senado, el 10 de mayo de 2006. El resultado fue, con una participación del 48,85%, de 73,90% votos a favor, 20,76% en contra y 5,34% votos en blanco. SÓLO UN 36,10% DEL PUEBLO CATALÁN ASINTIÓ.

Sepa el lector que diariamente me trato de ilusionar políticamente de alguna forma, al efecto de no dejarme abrazar por la más radical anarquía. Y es que como abogado laboral no me puedo permitir tal licencia.

Pero debo decir que a fecha actual lo único que me ilusiona es que finalmente Mario Conde acabe de desperezarse y liberarse del victimismo que venía acusando desde su salida de Alcalá Meco, y que llegue a algo con su Fundación Civil como líder de opinión. Y por qué no, me da morbo pensar que sea él quien esté detrás de Álvarez Cascos, quien lo respalde económicamente, quien lo dirija al efecto de presentarse ahora a diputado por Madrid y pueda producirle alguna que otra úlcera al insulso de Rajoy. Pero vamos, que tampoco me quita el sueño.

Capitalismo y Socialismo son lo mismo


Dicen que hay que con esta crisis hay que reconocer el fracaso del capitalismo. Y frente a tanta asertividad, me pregunto entonces si en buena lógica no hay que admitir entonces el del socialismo.

Capitalismo y socialismo van de la mano. Éste último no puede vivir sin los réditos, sin los tributos del primero. Ya lo dijo Margaret Thatcher: <<el socialismo se acaba cuando se acaba el dinero. El dinero de otros>>.

Llevaba mucha razón. Y aunque ella profiriese dichas palabras a modo de ofensa, nadie debe sentirse agraviado ni rasgarse por ello las vestiduras. Es cierto, sin más.

Napoleón decía que para hacer una guerra sólo hacían falta tres cosas: <<dinero, dinero y dinero>>. El socialismo, como lucha de clases, es exactamente lo mismo. Necesita fondos para cambiar un status quo.

Como alternativa a ambos sólo tenemos el modelo comunista, el cual sólo puede perdurar en países con ingentes recursos naturales que se exprimen al objeto de mantener el sistema. Y en naciones que no los tienen, ya conocemos cual es el resultado.

Recientemente hablaba con un compañero abogado de turno de oficio, en la rama contenciosa administrativa en particular. Me comentaba que lleva muchos casos de “desahucios administrativos,”. Esto es, de viviendas públicas en régimen de alquiler protegido cuyos inquilinos no pagan.

Y yo me pregunto, ¿qué puede hacer una sociedad con quien ni siquiera se preocupa por pagar alquileres tan livianos? ¿No merecen ser calificados como antisistema?

El derecho a una vivienda digna está consagrado por la Constitución. Eso no significa que deba ni pueda ser gratis. Deberá ser accesible, tanto en compra como en alquiler.

No podemos pedir beneficios comunistas sin renunciar al capitalismo. Y puedo asegurar como abogado laboralista, que eso no es una posibilidad a contemplar.

El Copia y Pega de los programas políticos



Como abogado laboralista uno de los aspectos en los que más reparo de un programa electoral es el dedicado al ámbito laboral. No podía ser de otra manera.

Y debo decir al respecto, que la propuesta de Rosa Díez me descoranoza enormemente. Cuanto propone no es sino que todos los nuevos contratos sean indefinidos y los temporales suprimidos, excepto para sustitución de bajas temporales, al tiempo que plantea instaurar una indemnización por despido progresiva en función de la antigüedad.

No es que esté en acuerdo o en desacuerdo respecto a la propuesta. Simplemente no es nada novedosa, por ser generosos en el calificativo.

UPyD propone llevar a cabo una reforma laboral en "profundidad" en la que, además de dejar un único modelo de contrato, se implante de manera progresiva el derecho a conservar las indemnizaciones por despido acumuladas al cambiar de empleo.

Los abogados laborales saben que la reforma laboral operada por el PSOE mediante RDL 10/2010, en su disposición final 2ª, establecía el compromiso de aprobar un proyecto de Ley por que se regule la constitución de un fondo de capitalización para los trabajadores mantenidos a lo largo de su vida laboral, por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar.

Se trata de un fondo inspirado en el modelo austriaco, el cual consiste básicamente en que las indemnizaciones por despido se financian con cargo a una cotización fija que efectúa el empresario por cada uno de sus trabajadores. Se aporta una cuota fija del 1,53% del salario de cada trabajador creando un fondo individualizado y personal para cada uno de ellos. Las cantidades así aportadas se perciben por el trabajador cuando pierde su empleo y pueden movilizarse en caso de cambio de empresa. Este sistema no elimina el coste del despido para la empresa pero sí lo desvincula de factores que normalmente se tienen en cuenta como la antigüedad.

En definitiva me desilusiona la falta de ideas de Rosa Díez respecto al principal problema de este país. Más aún cuando con esta señora me identifico, al ser de las primeras en verse obligada a apartarse de la actual depuración ortodoxa socialista. Reconozco que esperaba mucho más.

El cada vez menos Gran, Wyoming

Hace escasos días, el Gran Wyoming, cada vez menos “Gran,”, ridiculizaba de modo injustificado a esta bendita tierra que es Canarias. Como abogado personalmente entendía que merecía oportuna respuesta.

Concretamente se refirió a las reivindicaciones de unos pocos (muy pocos), que piden independencia política para las islas, denominándonos a todos como “ETA,”, abreviatura de “Estamos Tan Atrasados,”.

A ello añadió chistes varios, ridiculizando el acento canario o incluso a un grupo musical sumamente querido, dentro y fuera: Los Sabandeños. De ellos decía que eran un grupo terrorista en busca de un “zulo,” para esconderse, pero que al ser tantos necesitaban uno tan grande que no eran capaces de encontrarlo.

Coronó su mofa diciendo que hasta donde el sabía, “sólo los delfines del Loro Parque estaban privados de libertad,”.

Comenté el asunto con Víctor Talavera, abogado de Televisión Canaria, quien de esto entiende bastante. Tenía la duda de quién estaría legitimado para interponer una acción de rectificación.

Como especialista en la materia, rápidamente mi buen amigo me aclaró las ideas. No cabe acción de rectificación, ya que sólo estaría legitimado quien de forma particular e inequívoca fuese objeto de una información inveraz. No encontrándose tampoco ésta presente, ya que sólo ha habido mofa, que no información.

De otra parte, los tribunales sí reconocen legitimación activa a colectivos representativos para interponer demandas de protección del honor.

Pero lo que más me enriqueció fue que me transmitiera, que muy al contrario de cuanto se aprecia, Canarias es la región donde más tecnología se consume. Se supone que es debido precisamente a la distancia que nos separa de Península, al efecto de mantenernos comunicados e informados.

Esa circunstancia es bien conocida por todos los medios de comunicación, actuando en consecuencia. Llamaba mi atención sobre el particular que en todo concurso televisivo grupal al uso, como Gran Hermano, Operación Triunfo y demás, siempre meten al menos a un canario.

Se sabe que toda la Comunidad lo seguirá, participará en todo tipo de foros, enviará SMS en su aval, etcétera, etcétera. Un claro ejemplo lo representó “Idaira,” en OT, maltratada en el programa de modo constante. Lo cual sucedió de forma premeditada y programada, precisamente buscando su defensa reactiva.
                                               
Cabe por tanto presumir que Wyoming, figura televisiva absolutamente defenestrada en una televisión totalmente quebrada (la Sexta), lo único que pretendiese fuese la contestación a su proceder, al efecto de generar polémica y con ella el ansiado “share,”. Si es así, evidentemente la mejor respuesta a la provocación de este “cadáver,”, es no hacer nada.

martes, 1 de noviembre de 2011

La picaresca del desahucio express

Los políticos tratan de modificar los valores y creencias sociales cada vez que les interesa. La reciente aprobación de la ley comúnmente conocida como “desahucio express”, es un vivo ejemplo.

Ahora se nos dice que debemos dejar a un lado el afán por comprar nuestra “casita”. Que eso no es ser progresista. No hay más que ver los datos: la media europea de alquileres es de un 40%, mientras que en España es tan sólo de un 10%.

Y para potenciar que salgan al mercado un número de viviendas suficientes, es necesario otorgar mayor seguridad jurídica al propietario. De ahí la aprobación de la citada ley, pretendiendo una tramitación más ágil del desahucio por falta de pago de las rentas.

Como abogado con práctica tan constante e inevitable en ejecuciones y desahucios, por ser ésta la orden del día, me atrevo a pensar que cuanto aquí subyace, no es otra cosa que la absoluta incapacidad de los políticos para que el préstamo hipotecario fluya nuevamente. Menos aún cuando se ven ahora obligados a tramitar consecuencia de la iniciativa popular la tan temida para los bancos, dación en pago.

Presuponen que las entidades crediticias a futuro concederán menos hipotecas aún o lo harán por menor importe.

¿Cuál es entonces la alternativa? Evidentemente reconocer la impotencia política, no. Hay que reeducar a la sociedad civil.

Convencernos de que estamos del todo equivocados aspirando a llegar a viejos con la casa pagada, toda vez que no sabemos qué jubilación nos quedará, ó si tan siquiera quedará.

La reciente reforma concursal (Una más).

La Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, vino a implementar en nuestro país un sistema concursal moderno de aplicación tanto a personas jurídicas como naturales, de cuya problemática conocerían tribunales especializados: los jueces de lo Mercantil.

Sin embargo debido en gran medida al colapso de los juzgados mercantiles ocasionado por la crisis económica, continuamente ha sido cuestionada su utilidad tanto para conseguir la satisfacción de los acreedores, como para conseguir la continuidad de las empresas en dificultades.

De ahí que haya sido objeto de diversas modificaciones, la última introducida por
por el R.D.–Ley 3/2009 de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal. Un intento más de dotar a la institución de la practicidad que le es demandada.

Entre otras medidas, se introduce ahora la posibilidad de alcanzar acuerdos previos al concurso con los acreedores financieros que representen el 75% de la deuda bancaria, siempre que dichos garanticen la continuidad empresarial. Este tipo de pactos se dotan de una especial protección, ya que podrán ser homologados por el juez y vincularán incluso a las entidades de crédito que se hayan opuesto a su adopción, siempre que el acuerdo no suponga para éstas un sacrificio desproporcionado.

Además, se incorpora a nuestro ordenamiento el llamado «privilegio del dinero nuevo». La nueva norma establece que el 50% de ese dinero nuevo que llega a la empresa gracias al acuerdo de refinanciación, y que supone nuevos ingresos de tesorería para la misma, tiene la consideración de crédito contra la masa (prioridad de cobro), lo que supone la mayor garantía para las entidades financieras que concedan nuevos créditos para reflotar la empresa, y un elemento más en la evaluación de la concesión de crédito.

Se introduce adicionalmente la posibilidad de que la administración concursal sea desarrollada por una persona jurídica, figura que podría denominarse como sociedad de administración concursal. Ya no tiene por qué ser una persona física, abogado o economista.

La reforma de la Ley Concursal también pretende mejorar la posición de los trabajadores en los concursos, lo que sin duda congratulan los abogados laboralistas.

domingo, 30 de octubre de 2011

De la derechona a la izquierdona


Mercedes Milá, Jordi Évole, el Gran Wyoming, Buenafuente ó Jordi González, son periodistas y/o presentadores de televisión que al parecer pertenecen ya a una supuesta élite intelectual, la cual ha venido a apropiarse de la ideología de izquierdas, haciéndolo pretendidamente refrendados por una supuesta superioridad moral.

Ellos son los que diseñan y proclaman el “deber ser,” progresista, de suerte que si no se comparten plenamente dichas convicciones, uno mismo debe aparcar el intento de identificación.

Desaparecida la “derechona” en España, ahora debería de hablarse buena lógica de “izquierdona”.

Me quedo atónito al ver cómo Mercedes Milá acosa a la congregación marista por el caso del “hermano Lucio” abusador confeso de menores.

Olvida que para tener tal condición es suficiente con ser un tarado mental, condición que puede tener desde un profesor de kárate hasta un monitor de campamento. Los ejemplos son prolijos, desgraciadamente.

No le bastó que los Maristas condenaran públicamente tal conducta. Quería sangre. Y micrófono en mano acudió a la residencia pretendiendo que la recibieran a “puerta gayola,”, dándole juego al escarnio. Como no se produjo, los nominó copartícipes.

Personalmente me habría gustado ver a posteriori una respuesta contundente de los Hermanos, traducida cuando menos en acciones judiciales de rectificación (si no penales), ya que ese acoso no tienen por qué soportarlo cuando llevan casi dos siglos ayudando a quien lo necesita en los rincones más recónditos del mundo.

Miles de ex alumnos, hoy por hoy abogados de profesión, estamos a su entera disposición totalmente desinteresada, si en algún momento cambiasen de postura.

Lo cual dudo, ya que uno de los valores que con más frecuencia proclamaban era “poner la otra mejilla” frente a la ofensa.

A buen seguro Milá no sabe quien fue el hermano Servando Mayor. Yo sí tuve la oportunidad de conocerlo como alumno. Fue decapitado en Ruanda en 1996 junto con otros tres hermanos maristas. Pudieron haber evitado su propia muerte, pero rehusaron los llamamientos a abandonar el país, pasto de la guerra.

Todos somos Marta del Castillo

Cuando veo como son increpados los compañeros abogados que ejercen la defensa en el caso de Marta del Castillo, surge en mi interior una fuerte empatía hacia ellos.

El pueblo, desolado por crimen tan cruento, demanda a gritos “Justicia,”, sin saber muy bien como se alcanza concepto tan etéreo.

Confunden proceso con pena. Ésta es la concreción del reproche social que merece el delito. El primero es la garantía, el refrendo moral y ético de su imposición. La justificación del ejercicio de la acción punitiva, aquí en la Tierra.

La Justicia no se encuentra en la pena, sino en el proceso. La sanción se encuentra previamente establecida para cada tipo delictivo. No se confundan, puede consistir incluso en la muerte, si así lo ha decidido con anterioridad una comunidad concreta.

Mediante un procedimiento con las debidas garantías, nos aseguramos que el culpable efectivamente merece el castigo que le será impuesto.

Los recientes asesinatos de Bin Laden o Gadafi no son buenos ejemplos para la sociedad. Inducen a creer que es perfectamente ético quitar la vida sin dar la oportunidad al reo de ejercer su defensa. Que no es necesario probar las acusaciones.

Personalmente nunca aceptaría una defensa como la que hablamos. Sin embargo, que quieren que les diga, cuando veo lo que veo, me dan unas ganas enormes de ponerme la toga.

Es entonces cuando unos y otros, dejándonos llevar por estados pasionales, confundimos el objetivo, que no es otro que el delincuente pague si se demuestra su culpabilidad. Lo cual les puedo asegurar que así será. No se equivoquen, “todos somos Marta,”.


martes, 25 de octubre de 2011

El plazo para demandar la nulidad de swaps, clips y otras permutas de tipos de interes

La problemática de los contratos de permuta de tipos de interés, también llamados swaps o clips es más que popular. Es raro quien no conoce de alguien cercano que no haya sufrido las consecuencias de este nefasto producto bancario.

Hasta catorce entidades bancarias comercializaron principalmente a finales del 2007 y primer semestre de 2008 unos 200.000 swaps. Presentado como un seguro que cubriría al cliente bancario de futuras subidas de tipos de interés, en realidad resultaba ser un producto de ALTO RIESGO. No eran si no derivados financieros con una volatilidad implícita elevadísima.

Los suscriptores no entendieron que habían firmado hasta que empezaron a practicarles terroríficos cargos en sus cuentas. Entonces acudieron a su entidad bancaria en búsqueda de explicaciones.

Las permutas de tipos de interés se colocaron a diestro y siniestro. A particulares y a PYMES. En este último caso, cuando resultaban impagables se prestamizaron mediante ICOs. Ahí fueron a parar buena parte de los intentos denodados del Gobierno por inyectar liquidez.El pequeño empresario era amenazado con ver todas sus líneas de crédito canceladas si osaban rebelarse. No les quedó más remedio que transigir con la citada propuesta.

No obstante muchos casos han llegado a los tribunales, donde abrumadoramente se ha reestablecido en sus derechos al usuario bancario, devolviéndosele las cantidades satisfechas.

Nuestro despacho de abogados ha venido sometiendo a discernio judicial un buen número de contrataciones de diversas entidades bancarias, muchas de las cuales aún se sustancian y a las que auguramos buen provenir.

Hemos sido leales y transparentes con nuestros clientes, y por no ver clara la actividad probatoria hemos rehusado un buen número de asuntos. Quizá hayamos sido demasiado conservadores. Aunque nuestra opinión y consejo desinteresado nunca hemos dejado de darlos a quien nos lo ha solicitado.

En dicha línea, queremos hacer extensible mediante estas líneas una circunstancia que a tenor de las consultas que recibimos, parece desconocer un buen número de afectados que se mantienen aún en la tesitura de reclamar o no. Y es que la posibilidad de hacerlo, tiene un plazo.

Concretamente cuatro años a contar desde la confirmación del contrato (ex. art. 1301 C.C.).

Como decíamos antes, la mayoría de los swaps se celebraron a finales de 2007, principios de 2008, por lo que la acción habrá prescrito ya, o lo hará en breve.

Por tanto habrá que apresurarse por tanto en muchos casos, y desestimar la idea en otros. No es menos cierto que una reclamación extrajudicial en plazo conserva nuestro derecho.

Y es que demandar judicialmente si ha operado la prescripción deparará a buen seguro una condena en costas, lo que obliga a ser sumamente cautelosos, so pena de incrementar los padecimientos.

Ponerse en manos de un abogado experto en permutas de tipos de interés que analice las circunstancias particulares del caso, resulta ser siempre el mejor consejo.

sábado, 22 de octubre de 2011

La defensa cómoda de la Administración en sede judicial


En todo procedimiento judicial en el cual la Administración es parte y se encuentra en una situación comprometida, sus defensores, normalmente fiscales o abogados del Estado suelen incluir en su estrategia de defensa un patrón invariable. Tratan de condicionar al juzgador con mayor o menor solapada elegancia, sugiriéndole que la Administración somos todos, que si se reconoce el fallo de sus instituciones equivale a asumir el fracaso del estado social, y que si encima cuesta dinero sale del bolsillo de todos.

Ello se adereza con la siembra de dudas a las cuales se les dota de aparente razonabilidad, y cuando menos así se cree obtener una defensa digna, cuando sería más oportuno hablar de "defensa cómoda".

Una vez escuché de una fiscal cuyo criterio tengo en estima, que cuando tiene lugar la invocación de un abogado defensor de la presunción de inocencia constitucional, supone constatar que pocas más armas se albergan.

Entiendo que en aquel caso por extrapolación sucede lo mismo, y que los tribunales se cansan de las defensas de nuestras instituciones basadas en la llamada al orgullo colectivo.

A la Administración se le presume el acierto en sus actuaciones, pero esto no tiene nada que ver con los pretendidos “tintes procesales” que hablamos.

Precisamente nuestra grandeza institucional es directamente proporcional a nuestra capacidad para tutelarla, para someterla a un examen constante, para asumir los errores y rectificarlos a futuro. Y en la vertiente económica cuando se resarcen los fallos al perjudicado atendiendo al criterio objetivo, sobre el que se erige el sistema de responsabilidad patrimonial moderno. Es entonces cuando nuestra concepción social realmente es comúnmente compartida.

viernes, 21 de octubre de 2011

La denegación sistemática de las pensiones y ayudas no contributivas


Como me desenvuelvo en diferentes órdenes (todos menos el contencioso que detesto), he tenido la oportunidad de conocer un número significativo de jueces. A muchos les guardo un profundo respeto, habiéndose hecho acreedores suficientes de tal sentimiento por su profesionalidad y buen criterio.

Si bien entre todos hay uno al que le profeso verdadera admiración. Se trata de D. Félix Barriuso, titular del juzgado de lo social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife. Me parece a todas luces el “jurista total”. Sus sentencias son insuperables y su intuición y criterio, envidiables. Organiza su juzgado, reparte tareas, presta apoyo. El juzgado camina.

Hay quien critica su trato. Yo creo que los abogados tenemos que tener las espaldas un poquito más anchas. Aguantamos cosas mucho peores.

Personalmente me caracterizo por actuar en Sala con celo y cierta vehemencia. Don Félix me ha llamado al orden en un sinfín de ocasiones. Lo ha hecho a veces con ironía, la cual siempre se me ha antojado incluso graciosa, aceptándola de buen grado.

Recientemente celebraba con él un juicio en el que asistía a una señora a quien denegaban una pensión tras haber estado cuidando de su padre hasta su muerte careciendo de ingresos propios.

Comencé mi intervención haciendo extensible el parecer de todos los abogados laborales, con las siguientes palabras: “Esta no es sino una muestra más de la negativa sistemática de la Seguridad Social a toda solicitud de pensión o ayuda no contributiva, sin entrar siquiera a valorar el asunto en cuestión”. El juzgador no me dejó ni acabar la frase, reconduciéndome a un alegato más aséptico en lugar de proferir un “manifiesto contra el INSS”.

La “compensación moral” al reproche no tardó en llegar. Una magnífica y prolija sentencia técnicamente perfecta que venía a reconocer el derecho de mi mandante a unos exiguos 130 euros al mes. Todo sea dicho, esa es la cantidad que le corresponde legalmente.

Pues bien, con el mismo carácter “sistemático” que personalmente aprecio en todo esto, la representación del INSS ya ha anunciado su intención de recurrir.

Creo que las posibilidades de que prospere son prácticamente inexistentes. Aún aceptando que el “derecho a recurso” es innegable, me pregunto por qué no se castiga a la Administración de alguna forma cuando en sede judicial se constata la temeridad en su actuación.

Habrán pasado muchos meses, quizá más de un año, se resolverá la suplicación desestimando el recurso en el mejor de los casos, pero nadie se preguntará de que ha vivido mi representada durante todo este tiempo.

Nadie recordará que gracias a los cuidados que al difunto procuró su propia hija, el Estado se ha venido ahorrado “unos cuantos duros”. 

Eso sí, la Ley de Dependencia se continuará utilizando electoralmente a diestro y siniestro.

La indemnización por clientela del contrato de agencia


Por el contrato de agencia una persona natural o jurídica, denominada agente, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.

Multitud de autónomos y PYMES trabajan como agentes comerciales para grandes empresas, desconociendo sorprendentemente la legislación que le es aplicable: la Ley 12/1992, de 27 de mayo, sobre Contrato de Agencia.

Tal desconocimiento es máximo respecto a los derechos económicos que asisten al agente cuando la contraparte resuelve el contrato decidiendo prescindir de sus servicios.

Y es que extinto el contrato de agencia, el agente colaborador tiene derecho a una indemnización por clientela prevista por el artículo 28 de la citada Ley, la cual se concretará a falta de previsión contractual en <<el importe medio anual de las remuneraciones percibidas por el agente durante los últimos cinco años>>.

Al tiempo el artículo 29 prevé una indemnización por daños y perjuicios derivados causados.

Con anterioridad ya trabajé este asunto con relación a una oficina franquiciada de Banco Santander, alcanzándose un acuerdo extrajudicial.

Ahora me vuelve a ocupar por encargo de un comercializador de alarmas de Chillida Sistemas de Seguridad.

Ciertamente son reclamaciones que a los despachos profesionales llegan escasamente, lo que he contrastado con otros abogados especializados en el ámbito mercantil. Debe de ser como decimos por desconocimiento, ya que el derecho como decimos, existe.

martes, 18 de octubre de 2011

El reconocimiento de la incapacidad del trabajador autónomo

A todo autonómo que acude a mi despacho con la pretensión de obtener de los juzgados de lo social una declaración de invalidez permanente absoluta previamente denegada por el INSS, procuro no llevarlo a engaños. Le explico que es sencillamente IMPOSIBLE.

Como abogado laboralista me ha ido bien siendo sincero con los clientes. Cada profesional decide la duración de su carrera profesional, y yo aspiro a que la mía sea larga y duradera.

Sin embargo hace unos meses conocí de un asunto muy particular. Se trataba de una señora que ya tenía reconocida una invalidez permanente total, ahora bien, como lo que cobraba por ella no le permitía siquiera subsistir, decidió abrir una pequeña tienda de golosinas. Una vez “en faena”, comprobó que el cuerpo no le daba ni para eso. Tratando de volver sobre sus pasos, sorpresivamente el tribunal médico le denegaba ahora el reconocimiento de su incapacidad, a pesar de estar ocasionada por una enfermedad degenerativa.

Valía la pena intentarlo, así que acepté el asunto. Si era capaz de transmitir al juez de lo social la impronta, no era descabellado pensar que la lógica imperase gracias a la inmediación. De hecho así sucedió. Me fajé en el asunto y obtuve sentencia favorable para mi representada.

No obstante, el abogado del INSS decidió recurrir el fallo al Tribunal Superior de Justicia.

Y desde el momento del anuncio de la suplicación, personalmente sabía que el pronunciamiento cambiaría (como de hecho ocurrió). Seguro que se traería a colación la tan constante como inexorable doctrina del Supremo en la materia, invocada por el abogado de la Seguridad Social en los términos que a continuación reproduciré sin valoración personal alguna (ustedes dirán).

Entiendo que es justo que toda persona que se enfrente a la elección de comenzar a desarrollar una actividad económica o en otro caso ser trabajador por cuenta ajena o funcionario, tiene derecho a saber que ocurrirá si optando por la primera, el día de mañana su salud empeora.

<< El hecho de que el actor no presente limitaciones suficientes que le impidan de manera definitiva la realización de tareas fundamentales de su profesión (titularidad y dirección si ella quiere de la empresa, pudiendo incluso encargar la gestión a gestoría u otro tipo de empleados, solo hace falta darse como alta en Reta y ser titular del negocio), hace que falte un requisito fundamental, que es el de que las limitaciones tengan entidad bastante para justificar la Incapacidad Permanente absoluta.

Pero es que además, como ya se ha indicado en este primer motivo, lo cierto es que tratándose de trabajador autónomo la Jurisprudencia aludida, obliga a que pueda exigirse un mayor rigor, una mayor dificultad en la proyección de las dolencias>>.

lunes, 17 de octubre de 2011

El derecho a una educación religiosa

Aunque no sea tema propiamente de este blog, aprovecho para externalizar una reflexión: la sociedad está muy por delante de sus políticos. Me refiero al pueblo, a la gente, a nuestros vecinos, a nosotros mismos. Me doy cuenta cuando llevo a mi hija al colegio.

Comparte con niños hindúes, raza notoriamente establecida en Canarias. Lo particular es que se trata de un colegio religioso, de monjas, para que todos nos entendamos. Y nadie se rasga las vestiduras.

Los padres de aquellos niños manifiestan que su dios y el nuestro en definitiva son el mismo. Sencillamente se trata de recibir unos mínimos valores espirituales. Los católicos poco practicantes como yo, compartimos el mismo deseo para nuestros hijos. Y todos vivimos en paz, contentos y satisfechos de no tener que librar una guerra santa cada día al llevarlos o recogerlos.

Estoy absolutamente convencido, que pronto veremos niños musulmanes en las mismas aulas. La religión no puede ser por más tiempo factor diferenciador en pleno siglo XXI. Algo bueno ha de tener el relativismo que le es implícito.

Mientras tanto los políticos se afanan por despojar a los colegios públicos de todas las cruces que en ellos pueda haber. Cuando en realidad, a nadie molestan.

Ciertamente hoy por hoy, cuesta mucho ser progresista. Los que agitan el estandarte parecen haber iniciado un procedimiento de depuración ideológica que cada vez menos entendemos.

Ellos mismos se están dejando devorar por el librepensamiento. Para muestra el 15-M, movimiento que no representa la absoluta negación, sino la total carencia de identificación política.

Agilizar el concurso de acreedores: una necesidad imperiosa

En tiempos de crisis el servicio público de la Justicia está llamado a asumir un papel de vital importancia. A él acude una pluralidad de agentes buscando que corrija buen número de injusticias y restaure  no pocos derechos.

Sin embargo pronto verán defraudadas todas sus expectativas. Y es que en situaciones difíciles, la Administración de Justicia funciona francamente mal.  Incluso los profesionales que con ella interactuamos en no pocas ocasiones nos vemos tentados de dejarnos contagiar por la desidia. Riesgo que todos corremos, desde abogados a jueces, pasando por procuradores, fiscales o secretarios, entre otros.

Y es que todos sabemos que una gran parte de la solución a nuestros problemas, pasa por una mayor eficiencia de los tribunales patrios.

Ya lo decía el vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial, Fernando de Rosa: una justicia más ágil puede marcar la diferencia entre la quiebra de una empresa y el despido de sus trabajadores o su supervivencia.

Considera necesario que se nombren más plazas de jueces y se doten de a las jurisdicciones mercantil, civil y social, donde se resuelven muchos de los asuntos provocados por la crisis económica. Advierte que la pronta resolución de un asunto puede suponer la diferencia entre la supervivencia de una empresa o su quiebra.

A su juicio, es necesario crear más plazas de jueces en esas áreas y dotarles de medios para "contribuir a la salida de la crisis" porque "cuando un concurso de acreedores tarda un año en resolverse la empresa se ve abocada al cierre y los trabajadores en la calle", algo que no ocurriría en muchos casos si se resolviera en un mes.

En mi modesta opinión, simplemente con que se admitiera a trámite en ese mes sería algo muy positivo, y no en cinco o seis, como ocurre en más de un caso y más de dos.

El problema temporal no es baladí. Ciertamente es muy difícil explicar a un empresario sufridor de terribles impagos, que la simple petición inicial de un procedimiento monitorio puede no tener lugar hasta cuatro meses después.

Evidentemente, transcurrido ese tiempo, pocos bienes susceptibles de embargo permanecerán en el haber del deudor, por lo que las posibilidades de recobro se esfuminaron con las dilaciones.

Fomentar el ensayo de "prueba y error" en la iniativa emprendedora

Nos preguntamos cuando saldremos de la crisis y cuando viviremos una nueva fase expansiva. Personalmente soy bastante pesimista al respecto. Sólo la burbuja inmobiliaria, actividad sin grandes requerimientos de aptitud y talento, otorgó a nuestro país efímeros momentos de bienestar.

Cambiar un modelo productivo no es fácil. Realmente supone romper incluso con una tradición, por qué no, de índole jurídica. Y por supuesto previamente la sociedad ha de operar un importante cambio de mentalidad y valores.

En España la iniciativa empresarial es “pistola de un solo tiro”, y con esta crisis la práctica totalidad de nuestros emprendedores, ya han hecho uso de él, por lo que nunca podrán volver a empezar. La responsabilidad derivada a título particular por Hacienda o la Seguridad Social por las deudas insatisfechas, la que pueda conllevar la declaración como culpable de un concurso de acreedores, o la simple inclusión en un registro de morosidad, entre otras muchas amenazas, les impedirá “volver a empezar”.

El aprendizaje inherente a la experiencia, será desestimado. No tendrán la posibilidad de analizar los errores cometidos. Ni siquiera ellos se lo plantearán, por cuanto son conscientes que el sistema no les brindará una nueva oportunidad, y rememorarlos, de por sí ya no es agradable.

Viviremos una nueva expansión cuando se den dos factores. Primero por supuesto será necesario un incentivo exógeno, llámese burbuja o tendencia que nos venga dada. Y segundo, que dispongamos de una nueva generación que pueda sentirse tentada por emprender. Nos referimos a quienes ahora viven la adolescencia, totalmente ajenos a los “desaguisados” que nos ocupan. Hablamos de siete, ocho, quizás diez años. No podrá ser de otra manera por cuanto a fecha actual nuestro país ha perdido para siempre su fuerza empresarial. Un sinfín de autónomos y pymes absolutamente ahogados no sólo por sus deudas; también por un ordenamiento eminentemente punitivo.

Si mientras tanto nos damos cuenta de lo difícil que es alcanzar el éxito empresarial, que sólo 4 de cada 100 empresas sobrevive al décimo año, quizá podamos autosugerirnos un cambio normativo que permita el ensayo de “prueba y error” que permita una sabia utilización de la experiencia que procure cierta inercia a la creación de empleos, en contraposición a la situación que actualmente vivimos en la cual como abogado laboralista puedo atestiguar que los despidos colectivos son una constante.

La responsabilidad "in eligendo" del empresario

Existe un malvado “latinajo”; una muy desafortunada creación jurisprudencial, conocida como la culpa “in eligendo”, cuya consecuencia inmediata supone la condena del empresario siempre que se produzca con la actividad un daño o perjuicio a terceros, siendo el causante un empleado a su cargo, normalmente técnico (entendido en sentido amplio como el especialista en una área).

Para el letrado que suscribe, fiel paladín legal de todo empresario que me confíe sus intereses y merezca mi defensa, y a la vez católico y practicante cuando me acuerdo; su invocación me resulta equivalente a la del anticristo.

La técnica se compra. Abogados, economistas, asesores y profesionales liberales de toda índole son susceptibles de contratación. Su conocimiento y desempeño se obtienen a cambio de una remuneración, aunque ello no garantice el acierto. No ocurre lo mismo con el afán emprendedor, cuyo éxito necesita de grandes dosis de intuición y de innovación.

Paradójicamente, cuando un técnico crea una empresa basándose en la seguridad que le otorgan sus conocimientos sobre la actividad que viene desarrollando como tal, suele fracasar. No es capaz de abstraerse de sus propias convicciones ni de los estándares que conoce. Carece de recursos para reinventar el negocio aportando novedades a la oferta existente. Por el contrario, emprendedores sin conocimiento previo alguno del sector en el que irrumpen, se ven coronados por el éxito.

El empresario debe ser simplemente factor aglutinador y coordinador de un amplio elenco de recursos aplicados a la cadena de producción. No se le puede exigir que domine todas las áreas. Ni siquiera que dedique a cada una de ellas más del tiempo estrictamente necesario. Es quien debe gerenciar, y se ve obligado a delegar. No tiene tiempo de rezar una novena a “San Eligendo”, cada vez que contrata a un nuevo profesional. Tampoco debería tener, la necesidad.

La necesidad de la constancia en la formación del trabajador

Nos ocupa la Sociedad del Conocimiento en la que las tecnologías se suceden con una vertigiona velocidad. Escenario en el cual el mercado laboral demanda trabajadores polivalentes, con capacidad de adaptación contínua y sometidos a un continuo reciclaje profesional.

No pocos abogados laboralistas, testigos de primera fila de la destrucción incesante de empleo, proponen como solución que la formación profesional continua sea el eje sobre el que gire toda reforma laboral. Ello sin desprecio de una paralela reforma del sector educativo, donde la "empleabilidad," inspire el sistema.

Son quienes promueven la idea de considerar todos los contratos de trabajo como formativos, de suerte que la formación profesional sea una obligación y, a la vez, un derecho de ambas partes, y la de que toda empresa configure un "plan de formación o reciclaje," para su plantilla.

No voy a ser yo quien niegue que la formación es la mejor garantía de competitividad para trabajador y empresa, pero entiendo que tal propuesta no es aceptable en tan estrictos términos.

Debemos diferenciar la formación general, que el individuo debe procurarse a sí mismo y que le valdrá para cualquier desempeño, de lo que sería una formación específica, necesaria para a la propia empresa y que por tanto sólo es útil para ésta. En este caso, la empresa sí deberá procurar al trabajador la adquisición de esos conocimientos.

Hoy por hoy el concepto de “informática a nivel de usuario,” ha elevado sus exigencias enormemente respecto tan sólo 10 años atrás. Me parece por tanto aberrante pretender que sobre la empresa recaiga la obligación de enseñar Word a sus empleados, o la utilización del correo electrónico, dentro de la jornada laboral y como jornada laboral retribuida.

Quien postule a una oferta de trabajo no tenga estos mínimos conocimientos, desgraciadamente no merece ser considerado sino como analfabeto, y quien con el paso de los años ni siquiera haya tenido esta mínima inquietud, a mi juicio puede ser víctima de un despido totalmente procedente, ya que ninguna organización empresarial tiene por qué tolerar tal desidia y abandono.

Una Administración amigable con los negocios

En abril de 2009 se nombraba a D. Patricio Rodríguez Carmona presidente de la Comisión para la Promoción del Espíritu Empresarial de la CEOE. Él al menos, parecía tenerlo claro: "Da la sensación que tenemos una Administración que no es amigable con los negocios. Todo eso desincentiva la creación de empresas. Yo quiero una Administración que como empresario me considere un colaborador, que vea la importancia de lo que estoy haciendo. Esto exige un cambio de mentalidad. La clave del fomento del espíritu empresarial reside en el aspecto educativo y en la innovación. Es fundamental integrar el espíritu emprendedor en el ámbito educativo. Que empiece desde pequeño la gente a concienciarse sobre el valor de emprender y que no pasa nada por fracasar. Y si es así, hay que sacar lecciones, levantarse y seguir adelante."

Ha pasado un año, la crisis se ha agudizado, y estas palabras han caído en saco roto. Desde el Gobierno ninguna medida en pro de la iniciativa empresarial ha tenido lugar. Tampoco desde el partido principal de la oposición, se ha reparado en esta necesidad.

Y es que el discurso se centra en el mantenimiento o recorte del gasto público y en la elevación del nivel impositivo. Y ambos yerran, por cuanto si se reduce el gasto, la economía se contrae, y si se aumentan los impuestos al consumo, éste se reduce.

Quizá nuestros representantes se sientan más cómodos en el limbo macroeconómico, que “a pie de pista” promoviendo la reestructuración empresarial y el cese de los despidos.